STS 502/2018: Suspensión cautelar de la segregación de Balanegra del término municipal de Berja (Almería). Pérdida sobrevenida de objeto al dictarse sentencia en el recurso contencioso administrativo principal.
STS 502/2018, de 22 de marzo: El Tribunal Supremo desestima el recurso de casación interpuesto por el Ayuntamiento de Berja contra el Auto de 20 de octubre de 2015 del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía que denegaba la medida cautelar de suspensión del Decreto 144/2015 del Consejo de Gobierno de la Junta de Andalucía, por el que se crea el Ayuntamiento de Balanegra por segregación del término municipal de Berja.
La medida cautelar se solicita en el marco de la interposición de un recurso contencioso administrativo contra el Ayuntamiento de Balanegra, contra la Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales de la Junta de Andalucía y la Comisión Promotora para la creación de Balanegra como nuevo municipio independiente.
Sin embargo, durante la tramitación de este recurso de casación se dictó sentencia en el asunto principal ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía el 15 de febrero de 2018, mediante el que se desestimó las pretensiones frente al Decreto de segregación municipal.
El Tribunal Supremo en este caso recuerda que «en los supuestos de haberse pronunciado sentencia, aunque ésta no sea firme por haber sido recurrida en casación, al ser susceptible de ejecución […], carece de significado la suspensión de la ejecución del acto administrativo impugnado». Por ello, aplica esta doctrina consolidada, y declara que el recurso de casación queda sin objeto.
