STS 1745/2019. El silencio administrativo positivo sólo opera para solicitudes que inicien un procedimiento administrativo, no a cualquier petición formulada a la Administración.
STS 1745/2019, de 16 de diciembre. El Abogado del Estado interpone recurso de casación contra la sentencia del TSJ de Murcia por la que se estimó el recurso contencioso-administrativo interpuesto por un militar que solicitó su paso a situación a la condición de permanente en su plaza, lo cual le fue denegado por silencio en vía administrativa.
El TSJ estimó el recurso contencioso-administrativo y declaró el derecho del recurrente a obtener la condición de militar de carrera de carácter permanente. Entendió que la solicitud del militar inició un procedimiento a solicitud del interesado y, por tanto, que el silencio era positivo según el art. 43.1 in fine LRJPAC (actual 24.1 LPAC), que establece que el silencio será positivo si se recurre en alzada una desestimación presunta.
El TS declara que el procedimiento de selección es un procedimiento que se inicia de oficio y como consecuencia de ello no es aplicable el art. 43 LRJPAC. Por mucho que el militar solicitara su paso a una condición distinta, el procedimiento para ello está regulado de tal forma que sólo cabe su iniciación de oficio. Por ello, la solicitud del militar no puede entenderse como nada más que una simple petición, y por ello no inicia un procedimiento ni se le aplica la regla del silencio.
Por otra parte, el TS recuerda su doctrina sobre el art. 43 LRJPAC, relativa a que sólo se aplican las reglas del silencio positivo a solicitudes que, por su entidad, inician alguno de los procedimientos regulados y existentes en la Administración. De esta forma, no debe entenderse estimada presuntamente cualquier petición descabellada formulada por un particular simplemente porque no haya recibido respuesta de la Administración.
Concluye el TS estimando el recurso de casación del Abogado del Estado y desestimando el recurso contencioso-administrativo original.
Texto completo en CENDOJ (Roj: STS 4063/2019 – ECLI:ES:TS:2019:4063).
